Frequently Asked Question
¿Cómo contabilizar facturas con retenciones y suplidos? Por ejemplo de las notarías o gestorías.
Últimas actualizaciones hace 8 meses
CONTABILIZAR CORRECTAMENTE UNA FACTURA QUE INCLUYE RETENCIONES Y SUPLIDOS
Primero aclararemos algunos conceptos:
¿Que es un suplido?
Es un pago en nuestro nombre que realiza el acreedor que nos presta el servicio de la factura, pueden ser tasas, otros notarios... etc... , por lo tanto deberíamos de recibir una factura de ese pago realizado en nuestro nombre. Por esa misma cuestión no lleva IVA, porque el Notario paga en nuestro nombre algo que percibiremos después la factura directamente.
Por ejemplo, cuando el notario paga en nuestro nombre los gastos del registro mercantil.
Junto con la factura del notario deberíamos de recibir la factura del registro mercantil a nuestro nombre.
El suplido es un concepto que no lleva IVA.
¿Que son las retenciones?
Las retenciones del IRPF son anticipos a Hacienda, cantidades de dinero adelantadas a cuenta a la Agencia Tributaria en previsión del resultado esperado en la declaración de la renta o IRPF por parte del profesional.
A continuación veremos el siguiente ejemplo para contabilizar en Onap:
Base Imponible: 95,58€
Total IVA 21%: 20,07€
Suplidos: 66,01€
Total Factura: 181,66€
Retención I.R.P.F. 15%: 14,34€
Total a Percibir: 167,32€
1. Si no lo tenemos, daremos de alta el Acreedor, con su correspondiente configuración de retención y tipo de IRPF.
2. Crearemos nueva factura de compra/gasto
- Nueva Factura
- Seleccionaremos el Acreedor
- Indicaremos en una línea la base imponible con el IVA al 21%
- Indicaremos en otra línea los suplidos ( exentos ) el tipo de IVA "suplidos" ya es exento.
Para modificar el tipo de IVA de la línea, bien en la inserción o en la edición usaremos
La cuenta contable del los honorarios irá a una 623.x si se trata de un profesional y lleva retención o contra una 629 si es une empresa.
** Importante: La cuenta contable destino del suplido dependerá si el suplido se lo cargamos a un cliente o el suplido va contra otro acreedor y lo asume la empresa.
Caso que el suplido se re-factura a un cliente:
Se puede llevar contra una cuenta 553.x y luego en la factura del cliente se compensa con la misma 553.x quedando la cuenta saldada.
Caso que el suplido lo asume la empresa (caso más habitual) :
Si es un suplido por un concepto que recibiremos otra factura , podremos contabilizar ese suplido contra la cuenta 410 del acreedor que nos envíe la factura del suplido y luego queda saldada cuando se contabilice la factura del suplido.
*** Si solo llevas gestión no será importante poner una cuenta contable en el suplido ni en los honorarios. Si la contabilidad está delegada en una Asesoría externa consulta con tu gestor.
- En el pié modificaremos la base sujeta a retención indicando ahí 95.58€
- Verificaremos en el pié que las cantidades tanto de retención como de total de la factura son correctas.
- También podremos verificar el detalle de impuestos del pié.
Como podéis observar, contabilizar una factura de este tipo tiene una serie de pasos para indicar correctamente que importes están sujetos a IVA, cuales No y cuales están sujetos a retención.
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